Abogados del GastronómicoEstudio Ghiraldo

CABA · Buenos Aires · Mendoza

Ponés el cuerpo en cada turno.Que el recibo lo diga.

Si trabajás en gastronomía y algo no está bien, contanos qué pasó. Te decimos si tenés reclamo, sin vueltas y sin cargo.

Iniciá tu reclamo con abogados laboralistas del rubro gastronómico.
  • Asistente jurídicoLas 24 horas

    Consultá cuando quieras, incluso a las tres de la mañana después de cerrar. Te escuchamos, nos ocupamos de tus papeles y te decimos si hay algo para reclamar. Sin cargo y sin compromiso.

  • El convenio más comúnCCT 389/04

    Hoteleros y gastronómicos (UTHGRA). Restaurantes, bares y hoteles. Si trabajás en una panadería, una confitería o un comedor de empresa, te toca otro: mirá cuál es el tuyo.

¿Qué te está pasando?

Elegí lo que más se parece a tu situación. Con ese clic ya empezamos tu caso: te vamos a hacer unas pocas preguntas y del resto nos ocupamos nosotros. No hace falta que tengas los papeles a mano.

¿Preferís leer antes de dar tus datos? Mirá qué dice la ley sobre cada situación.

¿Preferís contarlo hablando? Escribinos y te respondemos por WhatsApp.

Cómo trabajamos

De tu mensaje al reclamo

No hace falta que sepas nada de leyes ni que tengas todo ordenado. Estos son los cuatro pasos, en orden, y qué pasa en cada uno.

  1. Contanos qué pasó

    Sin cargo

    Por WhatsApp o desde el formulario. Nombre y celular alcanzan para empezar; el resto lo completás cuando puedas.

  2. Te asesoramos

    Sin cargo

    Nos ocupamos nosotros de mirar tus recibos, tus fechas y tu categoría. Te decimos con claridad qué se puede reclamar y qué no. Si no hay caso, te lo decimos igual.

  3. Intimamos a tu empleador

    Telegrama gratuito

    Se manda el telegrama laboral, que para vos no tiene costo (Ley 23.789). Ahí tienen que contestarte por escrito.

  4. Conciliación y, si no hay acuerdo, demanda

    Primero la instancia de conciliación que corresponda a tu jurisdicción. Si no se llega a un acuerdo razonable, se demanda.

Los dos primeros pasos no te cuestan nada y no te obligan a nada. Si después de escucharte creemos que no hay reclamo, te lo decimos y ahí termina. Nadie firma nada sin entender antes cómo se cobran los honorarios.

Cuatro personas de un local gastronómico, una con gorro de cocinero, miran juntas y con gesto de preocupación un recibo de sueldo apoyado sobre la barra.
Quién te va a atender

Del otro lado hay un abogado

No un formulario que se pierde. Este es el Dr. Ghiraldo, del Estudio Ghiraldo, nombrando a cámara las dos cosas que más se repiten en el rubro: cobrar mitad en blanco y mitad en negro, y figurar en una categoría que no es la que trabajás.

Te registran como bachero y en realidad sos mozo. O cocinero, o cocinera. El convenio paga por categoría, así que esa diferencia no es un detalle administrativo: son horas extras mal pagadas, aguinaldos mal calculados y, si te vas, una indemnización que sale de un básico que no era el tuyo.

33 s
Dónde estamos

Tres jurisdicciones

No hace falta que vengas a una oficina para empezar. Tomamos el caso a distancia y nos ocupamos nosotros de los trámites presenciales.

  • CABA

    SECLO

    El reclamo pasa primero por la conciliación obligatoria del SECLO y, si no hay acuerdo, sigue en la Justicia Nacional del Trabajo.

  • Buenos Aires

    Provincia

    Tribunales de trabajo de la Provincia, según el partido donde prestás tareas. Cubrimos Conurbano e interior bonaerense.

  • Mendoza

    OCL

    Instancia de conciliación laboral previa (OCL) y después el fuero laboral provincial.

La oficinaRodríguez Peña 426, 8º pisoCiudad Autónoma de Buenos AiresNo hace falta venir: el turno también puede ser una llamada o una videollamada.

¿Trabajás en otra provincia? Escribinos igual. Si no podemos tomarlo nosotros, te decimos con franqueza a dónde conviene que vayas.

Preguntas frecuentes

Lo que todos preguntan primero

Si tu duda no está acá, escribinos y te la respondemos. No hay pregunta de más.

¿Cuánto cuesta la consulta?

Consultarnos no tiene cargo. Nos contás qué pasó, miramos tus recibos y te decimos si hay algo para reclamar. Si decidís avanzar, antes de que firmes nada te explicamos por escrito cómo se cobran los honorarios. Nunca vas a tener que poner plata de tu bolsillo para enterarte de si tenés derecho a algo.

Estoy como monotributista, ¿igual puedo reclamar?

Sí. El papel no define la relación: la definen los hechos. Si cumplís el horario que te ponen, trabajás con los insumos y la cocina del lugar, te asignan el turno y no podés mandar a otro en tu lugar, hay relación de dependencia aunque factures todos los meses.

Las facturas, de hecho, después juegan a tu favor: muestran desde cuándo trabajás ahí y cuánto cobrabas. Te lo contamos entero en monotributo y fraude laboral.

¿Tengo que renunciar para poder reclamar?

No. Y es importante: no renuncies antes de asesorarte. La renuncia puede hacerte perder la indemnización que te correspondería, y muchas veces se la piden a la persona justamente por eso.

Se puede reclamar estando adentro del trabajo. De hecho, muchos reclamos de registración o de categoría empiezan con la persona todavía trabajando.

¿Me pueden echar por reclamar?

Despedir a alguien como represalia por haber reclamado no es gratis para el local: suma agravantes al reclamo. Igual, no te vamos a decir que no puede pasar.

Por eso el momento y la forma de intimar se piensan antes, con vos, mirando tu situación concreta: cuánta antigüedad tenés, si estás en licencia, si hay embarazo o enfermedad de por medio. Nada se manda sin que sepas qué puede pasar después.

¿Qué papeles necesito para empezar?

Lo ideal: DNI, los últimos recibos de sueldo y cualquier telegrama o carta documento que hayas recibido o mandado.

Pero si no tenés nada a mano, igual podés empezar. Los recibos se pueden pedir, y hay formas de probar la relación de trabajo aunque nunca te hayan dado un papel: mensajes, planillas de turnos, compañeros que declaren, credenciales. Contanos qué tenés y vemos.

¿Cuánto tarda un reclamo?

Depende del caso y de la jurisdicción, así que cualquiera que te dé un plazo exacto te está mintiendo. Lo que sí se puede decir es cómo se ordena:

  • Intimación: se manda enseguida. El local tiene días para contestar.
  • Conciliación: instancia previa y obligatoria. Se resuelve en semanas o pocos meses, y muchos casos terminan acá.
  • Juicio: solo si no hubo acuerdo. Es la etapa larga.

Te vamos informando en cada paso, sin que tengas que llamar para preguntar cómo viene.

Trabajo en una panadería / un comedor de empresa, ¿me atienden?

Sí, atendemos a todo el rubro. Ojo con el convenio, porque no es siempre el mismo: el más grande es el 389/04 de UTHGRA, pero las pastelerías, las panaderías y las heladerías van por convenios de otro gremio, con otra escala. Cada uno rige en un tipo de lugar:

  • CCT 389/04: restaurantes, bares, parrillas, pizzerías con salón, hoteles y salones de fiestas.
  • CCT 272/96: pastelerías y confiterías.
  • CCT 85/89: panaderías con elaboración.
  • CCT 401/05: comedores de empresa, de hospital y de universidad.
  • CCT 273/96: heladerías artesanales.

Saber cuál te corresponde es el primer paso y muchas veces el que más cambia las cuentas. Si no lo tenés claro, lo miramos nosotros: con una foto de tu recibo alcanza.

Y no importa el puesto: mozos, cocineros, bacheros, ayudantes, barmans, cafeteros, mucamas y recepción de hotel, maestranza, serenos y valets están todos comprendidos.

¿Tenés otra pregunta? Escribinos y te contestamos.

  • Qué puedo decir?, es el tercer acuerdo en tres años que llevan adelante, son unos leones defendiendo al trabajador, y son todos una excelente calidad de ser humano. Son mis guardaespaldas.

    Nancy Szenejko
  • Quiero agradecer al todo el equipo del estudio Ghiraldo por la disposición de siempre con sus clientes en mi caso, me despidieron y solucionaron mi liquidación y atributos ...unos genios ...muy recomendable el estudio Ghiraldo

    Abel Yanacon
  • Excelente atención del Dr. Ghiraldo, en asesoramientos jurídico-laboral, recomendable para cualquier trabajador que se encuentre transitando un problema laboral, siempre siempre hay que asesorarse, ya que los organismos las empresas y los empleadores en general manejan más información que los trabajadores, siempre tenés que asesorarte!

    Julio Dan

Tu reclamo tiene fecha de vencimiento

Los créditos laborales prescriben a los dos años. Pasado ese plazo, aunque tengas toda la razón, ya no se pueden reclamar. Si venís dándole vueltas hace meses, este es el momento de preguntar. Preguntar no te compromete a nada.

¿Preferís hablar? WhatsApp 11 6869-1289