Abogados del GastronómicoEstudio Ghiraldo

Me accidenté trabajando

Una quemadura, un corte, una caída en el piso mojado, o la espalda y las manos después de años de servicio. Qué hacer el mismo día y qué no dejar pasar.

  • Ley 24.557
  • Ley 27.348
  • Art. 75 LCT

Te reconocés si…

  • Te quemaste con aceite, con una plancha o con una olla y seguiste trabajando.
  • Te cortaste y te pusieron una curita en vez de mandarte a la ART.
  • Te caíste en un piso mojado o en la escalera del depósito.
  • La espalda, el hombro o las muñecas después de años de bandejas, cajones y horas de pie.
  • Te accidentaste yendo o volviendo del trabajo.

Si te pasa alguna de estas cosas, seguí leyendo. Y si no estás seguro, escribinos igual: preguntar no te compromete a nada.

Qué dice la ley

Todo empleador registrado tiene que tener ART. La ART cubre el accidente ocurrido en el trabajo, el que pasa yendo o volviendo (accidente in itinere) y las enfermedades profesionales listadas. La cobertura incluye la atención médica completa, los medicamentos, la rehabilitación y las prestaciones económicas mientras dure la incapacidad (ley 24.557).

La denuncia se puede hacer de varias formas y no depende de que la haga el empleador: podés denunciarlo vos directamente a la ART, en el prestador médico que la ART tenga asignado, o ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Que el encargado te diga “yo lo arreglo” no reemplaza la denuncia.

No aceptes que te atiendan “por obra social” un accidente de trabajo. Si entra por la obra social, después es mucho más difícil demostrar que fue laboral, y eso puede costarte la cobertura entera.

Cómo se ve esto en una cocina

  • La quemadura que se sigue trabajando. Aceite, plancha, horno, vapor. Se pone hielo, se sigue el servicio y no queda registro de nada.
  • El corte “sin importancia”. Una curita del botiquín y a seguir. Si después se infecta o queda secuela, no hay denuncia que respalde.
  • La caída. Piso mojado, escalera del depósito, cámara de frío. Es el accidente más común del rubro y el que más se subestima.
  • El peso. Cajones, bolsas, bandejas cargadas. La espalda y el hombro no se rompen un día: se van rompiendo, y por eso se denuncian tarde.
  • Las manos. Cortes, tendinitis, quemaduras químicas por productos de limpieza y bacha.
  • El accidente volviendo a las tres de la mañana. Sale del trabajo y está cubierto igual: es accidente in itinere.

Si la ART rechaza el caso

El rechazo no es el final. La ley 27.348 establece que antes de ir a la justicia hay que pasar por las Comisiones Médicas, que es un trámite administrativo, gratuito y con patrocinio letrado obligatorio en la mayoría de las jurisdicciones. Ahí se discute si el accidente es laboral y cuánta incapacidad quedó.

El rechazo suele llegar por escrito y con plazos cortos para responder. Si te llega uno, no lo dejes en un cajón: consultá enseguida.

Qué podés hacer hoy

  1. Denunciá el accidente el mismo día

    A la ART, directamente, aunque el encargado te diga que él se ocupa. El número de la ART tiene que estar en tu recibo y en la cartelera del local.

  2. Pedí que te atiendan por ART, no por obra social

    Decilo en la guardia: “es un accidente de trabajo”. Si entra por la obra social, después cuesta muchísimo más demostrar que fue laboral.

  3. Sacá fotos de todo

    De la lesión, del lugar donde pasó, del piso mojado, de la plancha, de lo que sea. Y de la fecha. Ese registro no se puede reconstruir después.

  4. Guardá cada papel que te den

    Constancia de la denuncia, número de siniestro, órdenes de estudios, recetas, altas médicas. Sacale foto a todo apenas te lo dan.

  5. Anotá quién estaba

    Los compañeros que vieron el accidente. En un turno hay siempre alguien más, y en este rubro la rotación es alta: conseguí el contacto ahora.

  6. Si te rechazan o te dan el alta sin estar bien, consultá

    El alta médica y el rechazo se discuten, y los plazos son cortos. Es el momento donde más se pierde por dejarlo pasar.

Qué papeles conviene juntar

No hace falta que los tengas todos para consultar. Traé lo que tengas: con eso ya se puede empezar y después vemos qué falta.

  • Constancia de la denuncia y número de siniestro
  • Toda la documentación médica: estudios, recetas, certificados
  • Fotos de la lesión y del lugar donde pasó
  • El alta médica, si te la dieron
  • La carta de rechazo de la ART, si la hubo
  • Recibos de sueldo del período del accidente
  • Nombres y teléfonos de quienes lo vieron

Los tiempos

La denuncia conviene hacerla el mismo día: cuanto más tiempo pasa, más se discute si el accidente fue en el trabajo. Frente a un rechazo o a un alta con la que no estás de acuerdo, los plazos para impugnar son cortos y varían según el trámite. Si te llegó un papel de la ART, consultá esa semana.

Accidentes y ART

Preguntas frecuentes

Me quemé y seguí trabajando. Ya pasaron dos meses. ¿Sirve denunciarlo?

Sirve, aunque cuanto más tarde se denuncia más se discute el origen. Lo que ayuda es todo lo que ubique el hecho en el tiempo: mensajes de ese día, compañeros que lo vieron, una foto, la consulta médica que hayas hecho aunque haya sido por obra social. Contalo tal como pasó, sin adornar: la fecha real es lo que importa.

Trabajo en negro. ¿Tengo ART?

Si no estás registrado, el empleador no declaró la ART por vos y la aseguradora suele rechazar. Pero eso no te deja sin nada: el empleador responde directamente por el accidente, y además queda a la vista la falta de registración, que es un reclamo aparte. Denunciá igual y consultá enseguida.

Me duele la espalda de años de laburo, pero no hubo un accidente.

Puede ser una enfermedad profesional. Hay un listado de enfermedades reconocidas y también un mecanismo para incluir las que no están, cuando se puede mostrar que la tarea las causó. Lo que hace falta es historia clínica y una descripción precisa de qué hacés todos los días: cuánto peso, cuántas horas de pie, qué movimiento repetís.

Me dieron el alta y no estoy bien. ¿Qué hago?

El alta se puede discutir. Se plantea ante la Comisión Médica y conviene hacerlo rápido, porque los plazos son cortos. Mientras tanto guardá todos los estudios y seguí atendiéndote: la historia clínica es lo que después sostiene el planteo.

¿Tenés otra pregunta? Mirá todas las preguntas frecuentes o escribinos.